LAS SOCIEDADES
Las sociedades están constituidas por dos o más socios naturales o jurídicos dedicados a una actividad comercial de la que se persigue un lucro o ganancia que se reparte entre los participantes o socios, de acuerdo a la proporción de sus aportes y la naturaleza de la sociedad, se agrupan por medio de un contrato de sociedad y son responsables del negocio, el cual se conforma por una necesidad de los comerciantes y por las exigencias del actual sistema económico.
CLASIFICACIÓN LEGAL
Las sociedades legalmente se clasifican en:
Sociedades civiles y sociedades comerciales:
Las sociedades civiles no miran en su objeto social actos mercantiles, relacionados en el artículo 23 del Código de Comercio Colombiano; mientras que las sociedades comerciales se forman para ejecutar actos mercantiles, señalados en los artículos 20 y 21 de este código.
Sociedades nacionales, sociedades extranjeras y sociedades mixtas:
El artículo 469 del Código de Comercio Colombiano define las sociedades extranjeras las que se constituyen conforme a la ley de otro país y que tengan su domicilio principal en el exterior. Si no coinciden estas dos características se clasifican como sociedad nacional. Y las sociedades de economía mixta, según el artículo 461 del Código de Comercio, están constituidas con aportes estatales y capital privado.
Sociedades matrices, subordinadas (filiales y subsidiarias):
Es aquella que tiene su poder de decisión sometido a la voluntad de otras sociedades, las cuales se denominan sociedades matrices o controlantes. Si estas lo hacen directamente se denominarán filiales o si es con el concurso o por intermedio de las subordinadas de la matriz, serán subsidiarias.
De acuerdo a la forma de asociarse se clasifican en:
Sociedad colectiva:
En estas sociedades, según el artículo 294 del Código del Comercio, todos los socios responden conjuntamente por las operaciones sociales de manera solidaria e ilimitada.
Sociedad de responsabilidad limitada:
Los socios, que no serán más de 25, tienen la obligación de responder hasta el monto de sus aportes. Aunque en los reglamentos se puede determinar mayor responsabilidad para todos o algunos de los socios. En estos se debe señalar naturaleza, cuantía, duración y modalidades de esta responsabilidad.
Sociedad anónima:
Es formada por el acuerdo de un fondo social, el cual es entregado por al menos cinco accionistas responsables, hasta el monto de sus respectivos aportes. Está, que usará después de su denominación la sigla S. A., será administrada por gestores temporales.
Sociedad por acciones simplificada:
Esta surge por la ley 1258 del 05 de diciembre de 2008 como una sociedad de capitales, de naturaleza comercial y se puede constituir mediante contrato o acto unilateral que constará en documento privado. Este debe ser autentificado antes de ser inscrita por los socios en el registro mercantil de la Cámara de Comercio. Cuando ya está inscrita debe formar una persona jurídica, diferente de los socios. Es importante tener en cuenta que las acciones y valores emitidos por las S.A.S. no se pueden inscribir en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni ser negociadas en la bolsa.
Sociedad en comandita:
Tiene dos tipos de socios: gestores o colectivos, comprometidos de manera solidaria e ilimitada en las operaciones sociales; y comanditarios, que limitan su responsabilidad de acuerdo con sus aportes.
Sociedad de economía mixta:
Tiene aportes estatales y capital privado, y están sujetas a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria.
Empresa unipersonal:
En esta clase de empresa una persona, ya sea natural o jurídica, que cumpla las condiciones para ejercer el comercio, podrá destinar sus activos en el ejercicio de carácter mercantil.
Sociedad de comercialización internacional:
Su principal actividad es realizar operaciones de comercio internacional, con un enfoque en la promoción y comercialización de productos nacionales. Está organizada bajo cualquiera de las formas societarias reguladas por el legislador comercial.
Sociedad de hecho:
En esta sociedad, en la que todos sus asociados deben responder de manera solidaria e ilimitada por las operaciones que se ejecuten, no se constituye por una escritura pública, por lo que su existencia se puede demostrar por medios probatorios que sean reconocidos por la ley.
CLASIFICACIÓN POR LA FUNCIÓN SOCIAL:
Por la función social de las empresas, estas se clasifican en:
Con ánimo de lucro: empresas que buscan explotar y ganar utilidades.
Trabajo asociado: es un grupo que se organiza como empresa para el beneficio de los integrantes.
Sin ánimo de lucro: se interesan por el factor social para apoyar a la comunidad.
Sector cooperativo: para estas lo más importante es el bienestar de los asociados y de sus familias.
LA EMPRESA
Desde el punto de vista económico, la empresa es el ente o unidad económica, dedicada a transformar bienes y servicios, y de generar valor para los propietarios y accionistas a través del desarrollo de su objeto social. Pero desde el punto de vista del ordenamiento jurídico, en Colombia el artículo 25 del Código de Comercio, o Código Mercantil, lo define como toda actividad económica organizada para la producción, transformación, administración, custodia de bienes o para la prestación de servicios.
Los elementos necesarios para formar una empresa son:
CAPITAL + TRABAJO + RECURSOS MATERIALES = EMPRESA
Otros conceptos
Son varios los conceptos que se deben tener en cuenta al momento de pensar en empresas.
Factores
Dentro de la organización empresarial, ya sea grande o pequeña, existen tres tipos de factores necesarios para realizar sus operaciones: Las Personas, El Capital y El Trabajo.
Clasificación de las empresas según la actividad
Según la actividad realizada por la empresa es catalogada como:
Extractivas, Comerciales, Industriales, Servicios, Agropecuarias.
Clasificación de empresas en Colombia
El segmento empresarial colombiano es reglamentado en la Ley 590 de 2000 conocida como la Ley Mipymes y sus modificaciones (Ley 905 de 2004) y clasifica las empresas según sus activos totales en:
Microempresa: hasta 500 SMMLV.
Pequeña: superior a 500 y hasta 5.000 SMMLV .
Mediana: superior a 5.000 y hasta 30.000 SMMLV.
Grande: superior a 30.000 SMMLV.
Clasificación de las empresas por el origen del capital
Según la procedencia del capital de la empresa, estas se clasifican en:
Privada: el capital es controlado por particulares.
Pública: el capital y el control está en manos del Estado.
Mixta: el capital es compartido.
De autogestión: el capital está en manos de los trabajadores.
¿Cuales son los impuestos que pagan las empresas en Colombia?
- Gravamen a los movimientos financieros.
- Aportes parafiscales.
- Impuesto de renta.
- Impuesto de Industria, Avisos y Tableros (ICA).
- Retención en la Fuente.
- Impuesto al Patrimonio.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA).

